Okupación e inquiokupación: los datos de Interior y del CGPJ y los plazos de desalojo en 2026

La okupación es uno de los temas de vivienda más presentes en el debate público, y a menudo se mezcla con el impago del alquiler. Son situaciones distintas, con estadísticas y procedimientos distintos. Reunimos los datos oficiales más recientes del Ministerio del Interior y del Consejo General del Poder Judicial, y lo que dice la ley sobre los plazos.

Qué es cada cosa

  • Okupación: entrar y quedarse en una vivienda sin permiso del propietario y sin ningún contrato. Es un delito: allanamiento de morada si la vivienda es el domicilio de alguien (habitual o segunda residencia en uso) y usurpación si es un inmueble que no es morada de nadie, por ejemplo una vivienda vacía de un banco.
  • Inquiokupación: término no jurídico para el inquilino que entró con contrato y deja de pagar la renta, o que se queda al terminar el contrato. No es un delito: se resuelve por la vía civil, con una demanda de desahucio.

Los datos de okupación: Ministerio del Interior

Interior no usa la palabra «okupación». Sus estadísticas recogen los hechos conocidos por las fuerzas de seguridad de allanamiento de morada y usurpación de inmuebles. Según los datos difundidos en verano tras una petición de acceso a la información:

  • 2025: 14.875 hechos conocidos, un 9,4 % menos que en 2024, cuando hubo 16.426.
  • Cataluña: 5.913, cerca del 40 % del total (un 15,6 % menos que en 2024).
  • Andalucía: 1.909; Comunidad Valenciana: 1.805; Madrid: 1.269.

Entre las cuatro suman cerca del 70 % de los casos. Interior no facilitó datos de personas detenidas o identificadas. Un hecho conocido es una denuncia o actuación policial; no equivale a una vivienda ocupada al final del año, ni distingue cuántas eran domicilios habituales.

Los datos de desahucios: Poder Judicial

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) publica cada trimestre los lanzamientos (desalojos) practicados. Entre abril y junio de 2026:

  • Hubo 4.474 lanzamientos en total, un 35,7 % menos que en el mismo trimestre de 2025.
  • De ellos, 2.244 (el 50,1 %) derivaron de procedimientos de la Ley de Arrendamientos Urbanos, principalmente por impago del alquiler, un 57,7 % menos que un año antes (5.299).
  • Por comunidades, Cataluña encabeza los lanzamientos de alquiler (456), seguida de Andalucía (397) y la Comunidad Valenciana (361).

El CGPJ no separa en esta estadística los desahucios de alquiler por impago de los que se producen por fin de contrato, ni tiene una categoría de «inquiokupación».

Los plazos de desalojo según la vía

  • Allanamiento de morada (tu casa, habitual o segunda residencia): es un delito que la policía puede atajar como delito flagrante cuando lo detecta.
  • Usurpación: desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 permite tramitar estos delitos por juicio rápido, con el objetivo legal de celebrarlo en un máximo de 15 días. Es un plazo de la ley; la duración real depende de cada juzgado.
  • Vía civil contra ocupantes (Ley 5/2018): el propietario persona física, entidades sin ánimo de lucro y administraciones pueden pedir la recuperación inmediata. Los ocupantes tienen cinco días para presentar un título que justifique su estancia; si no lo hacen, el juez puede ordenar el desalojo.
  • Impago del alquiler: se tramita por juicio verbal de desahucio. Si el inquilino es vulnerable, el juzgado avisa a servicios sociales y el procedimiento puede suspenderse. El Real Decreto-ley 29/2026 mantiene hasta 2030 medidas de suspensión para hogares vulnerables, con compensaciones al propietario en algunos casos.

Las propuestas de los partidos sobre okupación y desahucios para el 29N están en propuestas de los partidos sobre vivienda, y el calendario electoral en elecciones generales del 29 de noviembre. Los cambios legales los recogemos en novedades de vivienda.

Cómo leer estas cifras

Para ponerlas en contexto: el Censo de Población y Viviendas del INE de 2021 contabilizó más de 26 millones de viviendas en España. Los 14.875 hechos conocidos de 2025 son una fracción pequeña del parque total, aunque se concentran en determinadas provincias y barrios y el impacto para cada propietario afectado es alto.

En el mismo trimestre en que bajaron los lanzamientos, las solicitudes de lanzamiento que llegan a los servicios comunes de los juzgados subieron un 26,8 %, hasta 17.276, y 8.972 terminaron con cumplimiento positivo (+11,1 %), según el CGPJ. Una solicitud no equivale a un desalojo practicado, por eso las dos cifras no coinciden.

Lo que conviene tener en cuenta

  • Los datos de Interior son de hechos conocidos y los del CGPJ de lanzamientos practicados: no se pueden sumar ni comparar directamente.
  • Los datos anuales completos de 2025 en el Portal Estadístico de Criminalidad y los del CGPJ de 2026 pueden actualizarse.
  • Las medidas del Real Decreto-ley 29/2026 dependen de su convalidación, prevista para el 12 de noviembre.
  • Si te encuentras en cualquiera de estas situaciones, como propietario o como inquilino, busca asesoramiento jurídico: los plazos y requisitos dependen de cada caso.

Fuentes: Ministerio del Interior, datos de allanamiento y usurpación 2024-2025 vía The Objective, El Liberal (3-ago-2026) y El Boletín; CGPJ, Efectos de la crisis en los órganos judiciales, segundo trimestre 2026, vía Infobae/EFE, elDiario.es, LegalToday e idealista (16 y 19-oct-2026); BOE, Ley Orgánica 1/2025 y Ley 5/2018; Diario Jurídico y Blegal (juicios rápidos); idealista/news (13-oct-2026). Dato final: BOE, Código Penal (LO 10/1995), arts. 202 y 245; elderecho.com, ‘El delito de usurpación pacífica de bienes inmuebles’; Aranzadi La Ley, guía práctica sobre la okupación